Préstamos y deudas
Acreedor que documenta una deuda con título de crédito ejecutivo
$599 · IVA incluido · Pago único · Sin suscripción. Comenzar es gratis: paga al final.
Pagaré como título de crédito conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (Arts. 170-174). Incluye los seis requisitos del Art. 170 LGTOC: mención literal 'PAGARÉ', promesa incondicional, beneficiario, época y lugar de pago, fecha y lugar de suscripción, y firma del suscriptor.
Cuando alguien le debe dinero y quiere dejarlo por escrito, reconocer la deuda o exigir el pago antes de demandar.
Usted responde el formulario con sus datos y condiciones; nosotros lo redactamos, un abogado titulado lo revisa y se lo entregamos en un Word editable que queda suyo.
Revisado por un abogado titulado con cédula profesional verificable ante la SEP antes de la entrega.
Verificar en SEPVista previa del borrador
Pagaré
Con sus fundamentos legales citados.
Lo revisará un abogado titulado · cédula visible en su entrega
Dentro de los 7 días naturales siguientes a la entrega puede pedir hasta 2 correcciones sin costo (Términos §7.6). Y si el documento entregado no corresponde a lo ofrecido, conforme al artículo 92 de la Ley Federal de Protección al Consumidor usted elige entre la reposición o la devolución de lo pagado (Términos §7.2).
Una inteligencia artificial sola redacta rápido, pero nadie responde por el resultado. Aquí un abogado titulado revisa su documento antes de entregárselo.
Si su caso tiene complejidades fuera de lo común o ya es una disputa legal en curso, durante la revisión un abogado titulado se lo dirá con transparencia y no le cobraremos por un documento que no podamos sostener.
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